Gustavo Ocampo mató a su pareja, Pedro G., de una forma cruel en abril de 2022 en el piso que compartían el distrito madrileño de Puente de Vallecas. Le infligió hasta 71 heridas con diferentes utensilios, entre ellos varios destornilladores. Recibió una condena de seis años de prisión por el homicidio. El caso fue bautizado como crimen del ritual, aunque la sentencia condenó a Gustavo en noviembre de 2024 no contempló la intervención divina, sino la alteración psíquica del acusado por consumo de drogas. Ahora, un nuevo fallo del Tribunal Superior de Justicia de Madrid (TSJM) ordena a la Audiencia Provincial a motivar con más argumentos la rebaja de pena por este homicidio debido a esta eximente por trastorno psicótico.

Cuando la policía llegó al piso aquella mañana, el homicida se resistió a abrir y, finalmente, lo hizo prácticamente desnudo y protegido por una imagen de Jesucristo con dos palos cruzados. Con ese mismo póster había grabado un vídeo que subió a sus redes sociales en el que pedía perdón minutos antes de acabar con la vida de su novio. En ese mismo escenario en el que se veía un pasillo, ropa tirada por el suelo y algunos libros esotéricos, la policía encontró después el cuerpo de la víctima, tumbado en el salón. El fallo judicial apunta que el ataque pudo durar “15 minutos como mínimo”.
Diversos registros policiales atestiguaron que los hombres habían mantenido una relación con peleas previas y así lo corroboró la familia de la víctima. También quedó probado que el acusado era consumidor habitual de metanfetamina y que esta droga estaba presente en su cuerpo el día del crimen.
Por esta alteración química provocada por el consumo de estupefacientes, se le aplicó una eximente incompleta que rebajó su pena de prisión a los seis años, frente a los 14 que podría haber recibido, según la petición de la acusación particular, que representaba a la hija de la víctima.
Según el relato del acusado, esa madrugada comenzaron una discusión verbal en la que Gustavo, que tenía entonces 34 años, le aseguró que se marchaba de casa. Después de que el acusado le recriminara que siempre le montaba “el show“ y le amenazaba, Pedro, de 52 años, se fue a dormir y le dijo que dejara las llaves en la entrada. “Me tomé un café y me empecé a sentir mal. A partir de ahí no recuerdo nada”, aseguró.
El jurado consideró que las facultades de Ocampo estaban gravemente menoscabadas, pero no anuladas completamente, lo que motivó la aplicación de una eximente incompleta por alteración psíquica. El TSJM ha ratificado esta interpretación, al señalar que la valoración del jurado fue “coherente, razonada y suficientemente motivada” basándose en las testificales y los informes periciales. Sin embargo, este nuevo fallo pide a la Audiencia Provincial que justifique los motivos por los que rebajó la pena de Gustavo en dos grados, en lugar de en uno.
