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La jueza llama a declarar como imputado a Nacho Cano en el ‘caso Malinche’ | Noticias de Madrid

by Marko Florentino
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La titular del juzgado de instrucción número 19 de plaza de Castilla de Madrid, que investiga al productor Nacho Cano por un presunto delito contra los derechos de los trabajadores extranjeros por presuntamente emplear a una veintena de supuestos becarios mexicanos en su musical Malinche, le ha citado a declarar como imputado, junto a las otras tres personas de su equipo investigadas por el mismo motivo y a los policías que realizaron la investigación. Según lo determinado por la jueza, Cano y sus tres colaboradoras declararán el próximo 20 de diciembre, y el 8 y el 9 de enero los harán los policías y los testigos, respectivamente. De momento, no hay fecha para la comparecencia. El caso a raíz de la denuncia de una de las becarias, Lesly Ochoa, que denunció que habían sido traídos desde México engañados y con instrucciones claras para hacerse pasar por turistas a su llegada a España.

En su último auto, de este martes, la magistrada María Inmaculada Iglesias Sánchez desestima las peticiones de la defensa del excomponente de Mecano y su equipo, y pone en evidencia los constantes intentos de los abogados del artista para entorpecer el procedimiento judicial a base de recursos y aportaciones que no contribuyen a dilucidar el presunto hecho delictivo cometido. “Respecto a la petición de sobreseimiento libre [solicitada por la defensa]”, resuelve la magistrada, “teniendo en cuenta que el objeto de este procedimiento es investigar si los hechos denunciados son constitutivos de un delito contra los derechos de los ciudadanos extranjeros y un delito contra los derechos de los trabajadores, no se analizarán las cuestiones que reiteradamente se plantean en los múltiples escritos que está presentando la representación de los investigados desde el inicio del procedimiento, las cuales han sido resueltas por resoluciones que han sido recurridas. Tampoco se hará referencia alguna a los hechos imputados a los Funcionarios de la policía Nacional que son objeto de procedimientos seguidos en otros juzgados de instrucción de Madrid”.

La defensa de Cano ha presentado en todo momento al promotor musical, y a sus tres colaboradoras también imputadas, como víctimas de una presunta conspiración político-policial surgida al hilo de una denuncia vengativa y revanchista de una de las becarias que actuaba en su espectáculo. El artista, en su papel de víctima de una suerte de complot, llegó a acusar de “criminales” a los propios agentes de la policía que realizaron la investigación, como si estos hubiesen actuado a las órdenes de los políticos, porque él era “amigo de Isabel Diaz Ayuso”, la presidenta de la Comunidad de Madrid, a la que le faltó tiempo para salir en su defensa y cargó también contra la policía. En sus múltiples declaraciones públicas el compositor aludió, como presunto instigador de la persecución de la que estaba siendo objeto, al comisario Alberto Carba, responsable de la comisaría del distrito Centro de Madrid, adonde Lesly Ochoa, de 28 años, acudió a presentar la denuncia en enero pasado. Además, la defensa de Cano, ha llegado a denunciar que se habían producido manipulaciones en el reparto de este asunto, para que recayera en “el mismo juzgado que investiga al novio de Isabel Díaz Ayuso”. La jueza en este auto, que hace un repaso pormenorizado por los innumerables recursos planteados por los abogados del artista, acredita (consulta oficial, mediante) que el reparto se produjo, como todos los demás asuntos, mediante una aplicación informática.

“Chingada loca”

Cano y sus colaboradoras han tratado por todos los medios de desacreditar a la becaria denunciante, calificándola de “chingada loca” y de “mala persona”, en palabras de la directora de operaciones del espectáculo Malinche, Roxana Drexel, también imputada y ahora citada a declarar en calidad de investigada. Drexel, según los mensajes de WhatsApp que obran en la causa y que forman parte del atestado policial, es precisamente quien dio las indicaciones oportunas a los jóvenes bailarines mexicanos para que aparentaran ser turistas a su llegada a España. En un momento determinado, los abogados del compositor, presentaron las conversaciones de WhastApp entre la denunciante y el propio Cano como prueba de que ella había tratado de chantajearles para no acudir a la policía si le daban 6.000 euros. Pero esas conversaciones también fueron inadmitidas por la jueza, que consideró que nada tenían que ver con los presuntos hechos delictivos juzgados,

La magistrada aclara este martes en su auto que “la fase instructora que está llevando a cabo este juzgado consiste en la investigación de hechos en apariencia delictivos y estará encaminada, de conformidad con lo dispuesto en los artículos 299 y 777.1 de la Ley de Enjuiciamiento Criminal, al esclarecimiento de los mismos con todas las circunstancias que puedan influir en su calificación. Por tanto, es en esta fase donde deben practicarse las diligencias necesarias para determinar si los hechos imputados revisten o no apariencia de delito y en su caso dictar auto de sobreseimiento o, por el contrario, continuar la tramitación del procedimiento”.

También desestima la magistrada la petición del bufete de abogados de Cano de expulsar a Comisiones Obreras (CC OO) del procedimiento: “La petición de expulsión del procedimiento de la acusación popular USMR-CCOO debe ser desestimada dado que no han cambiado las circunstancias que se tuvieron en cuenta en el auto que acordó tenerla por personada y parte en un procedimiento en el que se está investigando un presunto delito contra los derechos de los trabajadores”, argumenta.

“En cuanto a la entrada en España”, dice en este último auto la magistrada, “como sostiene la acusación popular, los investigados debían haber tramitado las autorizaciones desde México, a través del trámite habitual, acreditando los requisitos ante los Consulados en México y solicitar el visado correspondiente para entrar en España legalmente y no fingiendo un acceso a territorio nacional por motivos turísticos”.

El informe realizado por la Inspección de Trabajo en su día, y que forma parte de esta causa, no entraba en las cuestiones de Extranjería que se dirimen en esta causa, y concluía que los supuestos becarios “realizaban prácticas no laborales en la empresa” del artista, al “amparo de una beca” para completar su formación, aunque fuese una “formación no reglada”, “ni incluida en el sistema educativo”. Sin embargo, fue precisamente ese hecho, el que se tratara de una educación no reglada ni oficial la que se les ofrecía a esos jóvenes traídos desde México, lo que llevó a la Delegación de Gobierno de Madrid a denegarles los permisos por estudios que solicitaron. Y, precisamente, la ausencia de esa autorización, hizo que los investigadores policiales concluyeran en su atestado que los supuestos becarios no lo eran y, en consecuencia, se encontraban ensayando y trabajando de manera irregular en España en el espectáculo de Nacho Cano, tras haber sido traídos a España haciéndolos pasar por turistas.



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