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Varapalo de la jueza de la dana a la Generalitat: “Gravísima inactividad con resultado mortal” mientras el Cecopi parecía “una burbuja” | Noticias de la Comunidad Valenciana

by Marko Florentino
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La jueza Nuria Ruiz Tobarra, que instruye la causa de la dana, despliega en uno de sus últimos autos, notificado este martes, una batería de razonamientos jurídicos que ponen de manifiesto la “gravísima inactividad” de la Generalitat, presidida por Carlos Mazón, del PP, el pasado 29 de octubre, cuando se produjeron las inundaciones que causaron 227 muertos y un desaparecido en la provincia de Valencia. En el escrito de respuesta a la asociación Liberum, la jueza rechaza por segunda vez citar como investigada a la delegada de Gobierno en la Comunidad Valenciana, la socialista Pilar Bernabé, porque la competencia de emergencias y protección civil es autonómica mientras no se declare la emergencia nacional, como ocurrió en este caso.

La magistrada utiliza parte de las declaraciones y testimonios de las últimas semanas en su argumentación, llegando a apuntar que los integrantes el Centro de Coordinación Operativa Integrada (Cecopi), que gestionó la emergencia, parecían permanecer en una “burbuja”, “aislados del mundo exterior”, mientras el tsunami de agua y barro arrasaba con todo lo que encontraba a su paso.

“Efecto de degradar”

La magistrada incide en que la voluntad de extender la responsabilidad a todas las administraciones y a cualquier persona “que ejerciera funciones en relación con la dana”, confluye con las defensas de la exconsejera de Interior y emergencias, Salomé Pradas, y el que era su número dos, Emilio Argüeso, ambos imputados, “y produce el efecto de degradar de hecho la gravísima inactividad de la Administración Autonómica valenciana con el resultado mortal antes expuesto, apartándose del nexo causal y la posición de garante atribuible a los investigados”.

“Cruces de llamadas”

“Resulta evidente, tras ver los listados de llamadas y comunicaciones aportadas por los investigados”, Pradas y Argüeso, continúa la magistrada, “en qué Administración concurrió una evidente pasividad ante una situación gravísima. En el momento en que se lanzó la alerta a las 20:11 horas, ya se había producido la práctica totalidad de los fallecimientos. Los cruces de llamadas, en los momentos en que fueron atendidas, no llevaron desgraciadamente a que se tomara ninguna decisión en el ámbito autonómico para salvar a la población”.

“Ajenos a las llamadas”

“Quienes habían de tomar las decisiones manifiestan ser ajenos a las llamadas del 112, a las previsiones meteorológicas de la AEMET, a las comunicaciones sobre el estado y el caudal de los barrancos, ya fuera a través de correos o a través del SAIH, a los medios de comunicación, se afirma que no había pantallas en la sala del Cecopi. Un lugar en que parece que nadie poseyera teléfonos, en el que los técnicos no les informaban o lo hacían mal, y en el que eran igualmente ajenos a las decisiones de instituciones de tanta relevancia como la Universidad de Valencia que, con la misma información meteorológica de la que poseía la Administración Autonómica, decidió salvaguardar a los alumnos, trabajadores y profesores del grave riesgo al que estaban expuestos”.

“Un lugar en el que ninguna información les llegaba”

“Una sala de reuniones del Cecopi en la que pareciera que los presentes permanecían en una burbuja, aislados del mundo exterior, sin posibilidad de abandonar la sala y en el que el tiempo transcurría lentamente, demorándose la toma de decisiones, mientras el agua y el barro se desbordaba de los barrancos y de los cauces de los ríos, y en la que las llamadas de auxilio no traspasaban el umbral de la sala”, describe la jueza, que añade que en el lugar ninguna información les llegaba, ningún consejo acertado se les proporcionó y en la que, quienes entraban, perderían la conciencia o la memoria de la gravedad de la situación: “Los barrancos están a punto de colapsar”, escribió en un mensaje el investigado Sr. Emilio A.T. antes de entrar en el Cecopi a las 14:44 horas. La alarma se lanzaba a las 20:11 horas.

“Absolutamente incapaz de avisar”

“En cualquier caso”, concluye la jueza su razonamiento jurídico, “el desplazamiento de responsabilidad al Gobierno Central por la no declaración de emergencia nacional, como ya se ha expresado, no es sino un reconocimiento explícito de la manifiesta pasividad de la Administración Autonómica, administración que fue absolutamente incapaz de avisar, en tiempo y adecuadamente, a la población.

Conclusión

En la parte dispositiva, la jueza concluye que “no ha lugar a la declaración como investigada” de Pilar Bernabé, del PSPV-PSOE, si bien la resolución no es firme y se puede interponer un “recurso de reforma en el plazo de tres días, y directo de apelación en el plazo de cinco días” a la Audiencia Provincial de Valencia. Con anterioridad, Ruiz Tobarra ha recordado en su auto que una querella interpuesta por HazteOír contra la Delegada del Gobierno fue desestimada y que el recurso contra esa decisión ha de ser resuelto por la Audiencia Provincial.



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