Los 23 acusados por el asalto violento al mitin que el entonces presidente de Ciudadanos, Albert Rivera, celebró el 14 de abril de 2019 en Rentería (Guipúzcoa) han reconocido este miércoles su implicación en los hechos y han aceptado las penas acordadas en sede judicial. La vista, celebrada este miércoles en los juzgados de Donostia, ha puesto fin a uno de los episodios más tensos y simbólicos de violencia política ocurridos en Euskadi desde el fin del terrorismo de ETA.
El caso se remonta a la campaña electoral de 2019, cuando un grupo de manifestantes trató de impedir por la fuerza la celebración del acto político mediante insultos, empujones, lanzamiento de objetos y bloqueo de accesos a la plaza pública. Uno de los acusados fue inicialmente imputado por atentado contra la autoridad al agredir a un agente. La Fiscalía reformuló finalmente los cargos, aplicando el delito electoral como figura central.
Los hechos fueron calificados por juristas y analistas como una expresión de terrorismo urbano o violencia política callejera, con resonancias de un pasado que la sociedad vasca ha tratado de dejar atrás, pero que aún resurge en determinados entornos radicales. La admisión de culpabilidad de los acusados y la aceptación de las condenas implican el reconocimiento explícito de que su actuación no solo fue violenta, sino también encaminada a obstaculizar derechos fundamentales como la participación política y la libertad ideológica.
En virtud del acuerdo alcanzado con el Ministerio Fiscal, el tribunal ha dictado penas diferenciadas:
- Doce acusados han sido condenados a 12 meses de multa con una cuota diaria de 6 euros (2160 €), fraccionables en 24 mensualidades.
- Diez procesados han recibido penas de seis meses de prisión, que han sido suspendidas por dos años con la condición de no reincidir.
- El acusado por atentado ha visto rebajado el cargo a resistencia a la autoridad.
Uno de los condenados deberá abonar además una multa adicional por agresión a un asistente, con responsabilidad civil por daños personales.
El tribunal ha aprobado el fraccionamiento de pagos y la suspensión de las penas, tras constatar la conformidad de las partes. La vista se ha desarrollado con normalidad.
El procedimiento ha estado dirigido por el despacho Fuster-Fabra Abogados, con una amplia trayectoria en causas de terrorismo y violencia ideológica. Los socios Juan Ignacio Fuster-Fabra y José Carlos Velasco han liderado el caso desde el inicio, con un enfoque técnico y jurídico consolidado.
Fuster-Fabra Abogados ha intervenido en algunos de los procesos judiciales más relevantes de las últimas décadas en esta materia, incluyendo los atentados del 11M, los ataques yihadistas del 17A en Barcelona y Cambrils, y causas contra los CDR, Tsunami Democràtic y la organización ETA. Su labor ha sido reconocida por entidades como la Asociación Catalana de Víctimas de Organizaciones Terroristas (ACVOT), que destaca su compromiso con la legalidad, la independencia judicial y la defensa de las víctimas.
Fuentes jurídicas subrayan que, aunque parte de las condenas han sido suspendidas, el caso marca un precedente relevante al tratarse de un ataque dirigido contra el ejercicio de derechos fundamentales en plena campaña electoral. La violencia, en este contexto, no se interpreta como un mero altercado, sino como un intento organizado de coacción política.
A falta de sentencia firme, la causa queda prácticamente resuelta y lanza un mensaje claro: la justicia no es indiferente frente a quienes intentan amedrentar el pluralismo político mediante la intimidación.