El empresario Ángel Rondón manifestó este domingo que llevó a la tumba de su hijo fallecido la sentencia de la Corte Suprema de Justicia que lo absuelve de responsabilidad penal por falta de evidencia en el caso Odebrecht.
«Amado hijo, se que estás en la morada celestial, pero tal como fue tu anhelo ver esta decisión, y como te prometí, hoy te traje simbólicamente el fallo de la Suprema Corte de Justicia, a 5 días del 3er aniversario de tu muerte y 7 años y 8 meses después del juicio en mi contra», dijo en su red social el empresario.
Manifestó que finalmente hoy concluye este largo y tormentoso proceso donde –dijo- ha experimentado «muchas desilusiones y perdidas, pero sin duda que la más grande y significante para mi ha sido la de tu partida».
«Si me hubiesen dado a elegir tu vida o una condena, elegiría tu vida sin pensarlo dos veces y que me condenaran a cambio de tenerte, Dios sabe que es así, pero Él decidió llevarte antes. Me queda la gratitud y la satisfacción de que uno de tus últimos sueños se ha hecho realidad», agregó.
La Suprema Corte de Justicia de la República Dominicana acogió el viernes un recurso de casación a favor del exministro de Obras Públicas Víctor Díaz Rúa y el empresario Ángel Rondón, absolviéndolos de las acusaciones en su contra en el caso Odebrecht por encontrar que no se presentaron las evidencias suficientes para sustentar el fallo de culpabilidad. Habían sido condenados a cinco y ocho años de prisión, respectivamente, el 14 de octubre de 2021.
Díaz Rúa y Rondón eran las únicas personas condenadas en República Dominicana por el más grande caso de corrupción administrativa que ha salpicado a Latinoamérica, en el cual la constructora brasileña admitió que pagó más de 92 millones de dólares a funcionarios dominicanos para agraciarse con obras del Estado.
Este viernes la alta corte determinó que el Ministerio Público no aportó las pruebas suficientes que demostrara su acusación en contra de los únicos condenados. La corte, integrada por los magistrados Francisco Antonio Jerez Mena, Nancy Salcedo Fernández, Fran Euclides Soto Sánchez y María Garabito Ramírez, señaló que el Ministerio Público no probó el destino de los fondos pagados por el supuesto soborno, valorando la tesis de Rondón, que había sido condenado a ocho años de prisión y que «para haber sobornos deben existir sobornados».
«El destino de los fondos resulta desconocido, incierto, pues no pudo establecerse cuáles funcionarios presuntamente recibieron la oferta u obtuvieron los valores que, según consta en las premisas probadas en el juicio, fueron recibidas por el imputado Ángel Rondón Rijo», expresa el fallo absolutorio.