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Diego ‘El Cigala’, condenado a dos años de cárcel por malos tratos cometidos sobre su expareja | Sociedad

by Marko Florentino
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El Juzgado de lo Penal número 3 de Jerez de la Frontera (Cádiz) ha condenado a dos años y un mes de cárcel al cantaor Diego El Cigala, por malos tratos cometidos sobre su expareja, la también cantaora Kina Méndez, según la sentencia que no es firme y contra la que se puede interponer recurso de apelación ante la Audiencia Provincial de Cádiz. La jueza impone la pena por tres delitos en el ámbito de la violencia de la mujer cometidos en Jerez de la Frontera y en un hotel de Palafrugell (Girona), y también lo encuentra culpable de otro delito leve y continuado de vejaciones en el ámbito doméstico y le impone 25 días de localización permanente, siempre en domicilio diferente y alejado del de la víctima, además de la prohibición de comunicarse y aproximarse a menos de 200 metros de la víctima por un plazo de seis meses, una medida común al resto de los otros delitos

La magistrada deja claro que la declaración de Méndez, que tiene dos hijos en común con El Cigala, “ha sido clara, congruente, coherente y coincidente con lo manifestado en su denuncia, ante el Juzgado de Instrucción y también ante los profesionales del Instituto de Medicina Legal”, por lo que la declaración “se considera plenamente persistente”, y recalca que “no se han intuido móviles espurios de resentimiento o venganza hacia el acusado por el fracaso de la relación sentimental ni tampoco una intención de arruinar su carrera profesional por no sucumbir a sus exigencias económicas”. Uno de los momentos más mediáticos y polémicos del proceso judicial fue cuando el canator pronunció unas declaraciones machistas en las que aseguraba que “las mujeres solo quieren dinerito”.

En la sentencia se considera probado que el acusado inició en el año 2014 una relación sentimental con la víctima, durante la que ambos “convivieron juntos en la casa en la que él tiene fijada su residencia en República Dominicana”, y que ella le había acompañado en varios de sus viajes profesionales. La jueza precisa que, durante el tiempo que duró la relación sentimental, Méndez “ha sido dependiente económicamente” del Cigala, hasta el punto que mientras residieron en República Dominicana, ella “nunca dispuso de una tarjeta ni una cuenta bancaria propias, y los gastos familiares (alimentación, vestido, empleada del hogar y cuidadoras de los hijos, atención médica, viajes a España…) fueron sufragados en su integridad por el acusado”.

También se considera probado que cuando la víctima se quedó embarazada de su primer hijo, la relación entre ambos “comenzó a deteriorarse y las discusiones entre ellos (…) se volvieron frecuentes”. La jueza afirma que, en el marco de estas discusiones, “en las que ambos se gritaban mutuamente, el acusado, con menosprecio hacia” Méndez, “le ha proferido en diversas ocasiones las expresiones “puta”, “maldita perra”, “desgraciada” (…) y le ha llegado a echar de la casa o de la habitación como forma de desprecio”.

En este contexto, se enmarcan las condenas que la juez impone a Diego, El Cigala, por tres episodios de malos tratos, El primero, durante su estancia en el verano de 2017 en un hotel de Jerez de la Frontera donde, tras una discusión acalorada “por las zonas comunes” porque ella le había pedido que se quedara con su hijo en lugar de salir, él “le propinó una bofetada en la cara”. El segundo, el 7 de julio de 2019, en otro hotel de Palafrugell (Girona), cuando, “en el marco de un enfrentamiento verbal acalorado”, el cantaor le “propinó un empujón que la hizo caer al suelo y estando tirada en el suelo, le siguió dando golpes y patadas por el cuerpo”. El tercer caso de maltrato se produce en noviembre de 2020, cuando estando en la casa de Jerez de la Frontera, él “agarró del cuello” a Méndez, gritándole “me cago en tus muertos”, porque ella le había recriminado que consumiera droga delante de los niños.

Absolución

La jueza, sin embargo, absuelve al Cigala de otro delito de maltrato agravado en el ámbito de la violencia sobre la mujer por entender que no ha quedado probado que en agosto de 2017 en el aeropuerto de Punta Cana, donde ambos estaban esperando un vuelo, él la agarrara del brazo, zarandeándola, mientras ella sujetaba en brazos a uno de sus hijos.

La jueza, que mantiene vigentes las medidas cautelares de protección acordadas en auto de 13 de junio de 2021 por el Juzgado de Violencia sobre la Mujer número 1 de Jerez, no hace pronunciamiento alguno en materia de responsabilidad civil, que la acusación particular había fijado en 3.000, al tener en cuenta los informes periciales aportados al procedimiento, En uno de ellos, presentado por la Unidad de Valoración Integral de Violencia de Género (UVIGV) se concluye que la víctima “no presenta sintomatología psicológica” lo que lleva a la magistrada a concluir que, “en materia del ejercicio de la acción civil rige el principio de justicia rogada; y, en consecuencia, solo puede valorarse la pretensión de indemnización por secuelas psicológicas” y “se excluye pues la posibilidad de valorar una indemnización por otros conceptos como es el daño moral”.

Las conclusiones de ese informe también llevan a la jueza a no considerar probado que la relación sentimental de ambos fuera “una relación asimétrica en la que ha existido una situación de dominación y sometimiento por parte de él hacia ella”, y tampoco considera que el condenado haya fiscalizado los gastos y el dinero del que podía disponer su entonces pareja “como forma de controlar, dominar y coartar su libertad”.

Por el contrario, la magistrada no considera probado que la relación sentimental de ambos fuera “una relación asimétrica en la que ha existido una situación de dominación y sometimiento por parte de él hacia ella”, mientras que tampoco ve probado que el condenado haya fiscalizado los gastos y el dinero del que podía disponer su entonces pareja “como forma de controlar, dominar y coartar su libertad”.

En lo que va de año, 44 mujeres han sido asesinadas por sus parejas o exparejas. Desde que arrancó la estadística oficial, en 2003, son 1.289 mujeres.

El teléfono 016 atiende a las víctimas de violencia machista, a sus familias y a su entorno las 24 horas del día, todos los días del año, en 53 idiomas diferentes. El número no queda registrado en la factura telefónica, pero hay que borrar la llamada del dispositivo. También se puede contactar a través del correo electrónico 016-online@igualdad.gob.es y por WhatsApp en el número 600 000 016. Los menores pueden dirigirse al teléfono de la Fundación ANAR 900 20 20 10. Si es una situación de emergencia, se puede llamar al 112 o a los teléfonos de la Policía Nacional (091) y de la Guardia Civil (062). Y en caso de no poder llamar, se puede recurrir a la aplicación ALERTCOPS, desde la que se envía una señal de alerta a la Policía con geolocalización.



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