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El CGPJ constata el «desproporcionado mayor riesgo» de las mujeres de ser asesinadas, según un análisis de 123 sentencias

by Marko Florentino
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Las mujeres soportan un «desproporcionado mayor riesgo a ser asesinadas» que los hombres. La aseveración no procede de ninguna asociación interesada; tampoco es una opinión subjetiva, es la constatación empírica que ha extraído el Observatorio contra la Violencia Doméstica y de Género a partir del análisis de más de un centenar de sentencias dictadas por las audiencias provinciales del país durante dos años, 2021 y 2022. La información extraída de las sentencias permite concluir que, si bien «los hombres no son invulnerables ni las mujeres incapaces de ejercer la violencia, son éstas las que soportan un desproporcionado mayor riesgo a ser asesinadas». Entre las 123 sentencias hay 101 mujeres víctimas de violencia de género (66 mujeres fueron asesinadas) y 9 varones asesinados a manos de mujeres o fuera del ámbito de la pareja.

En la comparativa entre violencia de género dentro del ámbito de la pareja o expareja y la violencia doméstica íntima, el 88% de los casos (66) a los que se refieren las sentencias suponen el asesinato de mujeres y el 12% (9 muertes), de hombres, según este informe, elaborado y aprobado este jueves 20 de junio por el grupo de expertos del Observatorio.

El Poder Judicial ha destripado 123 sentencias e incluye, por primera vez, el estudio de los casos de feminicidio (el concepto tal y como viene descrito en el Convenio de Estambul que España ratificó en 2014, es decir, el homicidio/asesinato de mujeres por el hecho de ser mujeres, fuera del ámbito de la pareja o expareja), así como las muertes de bebés recién nacidos. En este último caso, los expertos han observado un contexto «dominado por situaciones de extrema vulnerabilidad» de los autores de las muertes: hubo cinco en esos dos años estudiados.

Entre 2021 y 2022, los tribunales provinciales dictaron un total de 66 sentencias por violencia de género en el ámbito de la pareja o expareja, todas ellas -el 100%- con un fallo condenatorio por delito de asesinato en 55 de ellas (75%) y por delito de homicidio en las 11 restantes (25%).

Respecto al perfil de las víctimas, el CGPJ señala que fue una mujer española (54,6%) con una media de edad de 40,7 años. El 71,2% de las víctimas (47 mujeres de 66) eran madres. En cuatro de los supuestos, los hijos e hijas de las víctimas fueron testigos directos del crimen o estaban en el lugar de los hechos cuando se produjo.

El agresor tiene una actitud «llena de ira y violencia», deducible del hecho de que asesta una media de 20 puñaladas a la víctima

Por su parte, el perfil trazado a partir de esas resoluciones del agresor o victimario es es el de un varón de nacionalidad española (57,6 %) con una edad media de 45,1 años y cuya forma de actuar revela una «conducta homicida cargada de ira y violencia», tal y como concluye el estudio médico-forense tras cuantificar la cantidad media de puñaladas asestadas en cada caso (más de 20, según consta en las sentencias de 2021 y de 2022). El arma blanca es el medio más empleado para causar las muertes.

Los expertos realizan también un análisis comparativo de las 529 sentencias en materia de violencia de género y de violencia doméstica (ambas dentro de la pareja o expareja) dictadas desde 2011, año en el que el Observatorio empezó a hacer su estudio desagregado. De ellas, 451 (85,25 %) son por crímenes de violencia de género y 78 (14,74 %), de violencia doméstica íntima.

El grupo de expertos que ha elaborado el informe está integrado por los magistrados María José Barbarín, Auxiliadora Díaz, Gemma Gallego, José María Gómez Villora, Vicente Magro, Almudena Nadal, Ricardo Rodríguez y María Tardón. El estudio incorpora un apartado con el análisis médico-forense de las sentencias, elaborado por el médico forense y profesor Miguel Lorente Acosta, exdelegado del Gobierno para la Violencia de Género.

35 feminicidios fuera de la pareja

En concreto, las 123 resoluciones examinadas fueron dictadas durante 2021 y 2022 y resolvieron procedimientos enjuiciados en 2020. El informe las divide en cuatro grupos: 66 referidas a casos de violencia de género por muerte de mujeres a manos de sus parejas o exparejas; 9 dictadas en casos de violencia doméstica íntima (muerte de hombres a manos de mujeres y muertes de hombres y mujeres en el ámbito de parejas o exparejas del mismo género); 13 por muerte de menores (incluyendo cinco neonatos) y 35 dictadas en casos de feminicidio fuera del ámbito de la pareja o expareja.

En el 73,8 % de los casos, la víctima mantenía una relación afectiva con el agresor y en el 64,1 por ciento, la convivencia. Sin embargo, un tercio de las mujeres asesinadas (24) había anunciado su intención de separarse. A los agresores les impusieron de media 21,6 años de prisión en los casos de asesinato y de 12,8 en los de homicidio. En dos supuestos, la pena fue la prisión permanente revisable.

No lo hacen bajo los efectos del alcohol

Ninguna de las sentencias aprecia circunstancias eximentes completas de la responsabilidad del acusado y sólo dos observan la concurrencia de la eximente incompleta por «intoxicación plena». El informe señala cómo este escaso porcentaje desvirtúa la creencia -cada vez menos arraigada en la sociedad- de que los crímenes por violencia de género están condicionados por la ingesta de bebidas alcohólicas, drogas o por la alteración mental del autor del delito.

Respecto a las circunstancias atenuantes, la más frecuente es la de confesión, apreciada por los tribunales en 15 de las 66 sentencias (22,8 %).

El estudio revela que ha aumentado el porcentaje de casos donde la mujer sufre maltrato previo pero no denuncia. Esa situación de violencia previa es uno de los distintivos de la existencia de una relación de dominio del agresor varón sobre la víctima y permite a los expertos colocar en el primer lugar de la lista de posibles motivaciones del crimen la negativa de aquél a aceptar que la víctima desee separarse e intente salir de su esfera de control. En algo más de un tercio de los casos analizados (24), la sentencia refleja de forma expresa en los hechos probados la intención de la víctima de poner fin a la relación con su agresor. Esa advertencia o la materialización de la ruptura «constituyen un factor de riesgo para las mujeres, pues actúan como detonante de la reacción brutal y homicida del agresor». Los expertos concluyen que es ese modelo de relación, asimétrico en las relaciones de poder entre los miembros de la pareja, el que produce los resultados criminales, más que los conflictos puntuales surgidos de la relación de convivencia.

En los dos años analizados se dictaron un total de 9 sentencias (4 en 2021 y 5 en 2022) por crímenes ocurridos en el ámbito de la violencia doméstica íntima. Ocho de esos casos (89 %) fueron agresiones de mujeres a hombres y en uno la agresión fue de un varón a otro varón. En ninguno de estos casos recayó sobre el agresor o la agresora pena de prisión permanente revisable.

El perfil de las víctimas es la de un varón de nacionalidad española (75 %) con una edad comprendida entre los 31 y los 45 años. En cuanto a los agresores, son españoles y también con edades de entre 31 y 45 años. En el 87,5 % de los casos, se trataba de parejas de hecho y en el 44,4 por ciento se mantenía la convivencia entre víctima y agresor en el momento de producirse el crimen. Cinco de las nueve víctimas tenían hijos y hay constancia de la existencia de 3 menores que quedaron huérfanos.

El arma blanca, la de fuego y la sofocación fueron los mecanismos más utilizados en este tipo de crímenes, que en 5 de los 9 casos (55 %) se cometieron en el domicilio común o de la víctima. Ninguna de las sentencias menciona la existencia de denuncias previas.

En el estudio comparativo desde que el Poder Judicial desagrega los tipos, desde el año 2011, se han dictado 529 sentencias, 451 lo han sido por violencia de género y 78 por violencia doméstica íntima. En los casos de violencia de género se han contabilizado 27 víctimas colaterales entre 2011 y 2022.

Trece asesinatos de menores

Entre 2021 y 2022, se dictaron 13 sentencias por asesinatos u homicidios de menores en el ámbito de la violencia de género (2 casos de la llamada violencia vicaria), de la violencia doméstica (10) o como consecuencia de violencia sexual (una muerte), tal y como se señala en el Convenio de Estambul.

Las víctimas de la violencia vicaria tenían 8 meses y 10 años, eran niños y los autores de los crímenes, de 20 y 44 años, eran sus padres biológicos, casados con sus madres, una de ellas fue también asesinada.

Cinco de las diez sentencias dictadas se refieren a homicidios de neonatos cometidos por la madre. El resto fue en el ámbito familiar, por el padre, o ambos. En el primer grupo, junto a la extrema vulnerabilidad de las víctimas, las sentencias recogen situaciones de gran vulnerabilidad de la madre, por precariedad económica o por una situación de violencia dentro de la familia. Las cinco sentencias condenan a las autoras de las muertes por delito de asesinato. Todas ellas, madres biológicas de las víctimas con una edad media de 22,6 años.

Los cinco casos ocurridos en el ámbito familiar dejaron siete menores asesinados, 6 niños y una niña, con una edad media de 2,9 años. Todas las sentencias son condenatorias y califican los hechos como delito de asesinato, de los que fueron autores tres hombres y tres mujeres, padres o madres de las víctimas.



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