El Tribunal Constitucional ha previsto abordar en su próximo pleno, convocado para el 8 de abril, el debate sobre la posibilidad de que los tribunales ordinarios puedan cuestionar o no las sentencias que haya dictado el propio órgano de garantías. La primera intención de la mayoría progresista era plantearse la anulación de la providencia dictada por la Audiencia de Sevilla en la que consulta a las partes del caso de los ERE de Andalucía sobre la presentación de una cuestión prejudicial ante el Tribunal de Justicia de la Unión Europea (TJUE). Sin embargo, una vez analizada dicha providencia y los pros y contras del caso, se ha abierto paso la posibilidad de no actuar frente a la decisión de la Audiencia sevillana, y dejar a sus magistrados vía libre para acudir ante la justicia europea, ante el convencimiento de que la iniciativa tiene muy pocas posibilidades de prosperar.
En su pleno del próximo martes, el Constitucional va a tratar las iniciativas del Tribunal Superior de Justicia de Madrid (TSJM), relacionadas con la anulación de un laudo, y de la Audiencia de Sevilla, que ha iniciado los trámites para llevar ante el Tribunal de Justicia de la Unión Europea (TJUE) los fallos por los que el Constitucional anuló o en la práctica desactivó las condenas impuestas por el Supremo en relación con el fraude de los ERE de Andalucía. La primera de estas iniciativas, que ya ha sido formalizada ante la justicia europea, facilitó que el órgano de garantías considerara urgente abordar el “debate jurídico” sobre la preeminencia de sus decisiones, para plantearse si en el caso de la Audiencia de Sevilla cabría que se impidiera de raíz la intervención del tribunal de Luxemburgo, antes de que se presente una cuestión prejudicial. Este es el punto crucial del orden del día del próximo pleno.
La solución que se ha abierto camino es la de dejar que la Audiencia de Sevilla actúe según su criterio, si bien en el Constitucional hubo y sigue habiendo otra preocupación derivada de esta controversia, en este caso en relación con qué puede ocurrir dentro de unos meses si, como es probable, el órgano de garantías avala la ley de amnistía. En ese momento, cuando el Supremo tuviera que aplicar la sentencia del Constitucional, es asimismo probable que el tribunal que impuso las condenas por el delito de malversación a los principales líderes independentistas, se plantee acudir ante la justicia europea. Fuentes del propio órgano de garantías admiten que si esta situación hipotética llega a plantearse, lo que el Constitucional decida ahora condicionará el futuro a medio plazo de la ley de amnistía y, por tanto, la efectividad del perdón de la figura delictiva de malversación a los condenados por la Sala Penal del Supremo.
Desde que la Audiencia de Sevilla planteara el conflicto con el Constitucional sobre el cumplimiento de todos los extremos de las sentencias sobre el caso de los ERE ha sido continuo el debate interno en el órgano de garantías, aunque hasta el próximo pleno no se pondrán todas las cartas y argumentos sobre la mesa. Una de las objeciones principales de los magistrados que de forma más clara se manifestaron contra la iniciativa de dicha Audiencia Provincial desde el principio se refiere a que la eventual consulta o cuestión prejudicial al Tribunal de Luxemburgo sobre la posible afectación del derecho europeo ha surgido ahora, cuando se está en la fase de ejecución de un fallo dictado por el Constitucional, es decir, no por la existencia de una duda que no se suscitó cuando se dictó la sentencia condenatoria en Sevilla. Dichos magistrados estiman, en suma, que no debería admitirse una cuestión prejudicial cuando lo que le compete a la Audiencia sevillana es cumplir lo dispuesto en los fallos del Constitucional.