El magistrado del Tribunal Supremo Javier Hernández, instructor de la causa abierta al líder de la formación ultra Se Acabó La Fiesta (SALF), Luis Pérez Fernández, Alvise, por la difusión en 2021 de una prueba falsa de covid del presidente de la Generalitat y exministro de Sanidad, Salvador Illa, ha dictado este miércoles un auto en el que acuerda formalmente abrir diligencias para investigar al eurodiputado como presunto autor de un delito de falsedad en documento privado y otro de injurias. En su resolución, el juez da también el primer paso para interrogar al agitador ultra como imputado al iniciar los trámites ante el Parlamento Europeo para que este levante la inmunidad que Alvise Pérez tiene en su condición de eurodiputado.
No obstante, el magistrado plantea en el mismo auto al eurodiputado la posibilidad de acudir al Supremo a declarar voluntariamente por estos hechos y le da cinco días para que comunique si acepta el ofrecimiento o prefiere esperar a que el Parlamento Europeo decida si acepta levantarle la inmunidad. En su resolución, el juez Hernández también avala la personación del Partit dels Socialistes de Catalunya (PSC) como acusación popular en el caso, aunque le exige que primero presente una querella y deposite una fianza de 15.000 euros.
La causa sobre el bulo contra Illa por la que ahora el Supremo inicia los trámites para pedir al Parlamento Europeo que levante la inmunidad a Alvise Pérez se abrió en el Juzgado de Instrucción número 33 de Barcelona a partir de una querella de la Fiscalía, que atribuyó al agitador de ultraderecha los delitos de falsedad documental e injurias por difundir en redes sociales una PCR positiva de Illa que era falsa durante las elecciones catalanas de 2021. La foto del falso positivo, fechada el 6 de febrero de aquel año y tomada, supuestamente, en la clínica QuirónSalud, fue “íntegramente” confeccionada por Alvise, según la Fiscalía.
De hecho, el propio centro hospitalario aclaró que el resultado de la prueba publicado era falso y que no había emitido ni ese ni ningún otro informe diagnóstico con el número que figurara en la PCR atribuida a Illa. En opinión de la Fiscalía, la publicación de este documento falso “por un medio masivo como Twitter [actualmente X], que permitía su visionado y redistribución indiscriminada”, fue llevada a cabo por el denunciado en campaña electoral “con el propósito de perjudicar a Salvador Illa en sus legítimas expectativas como candidato a la Presidencia de la Generalitat”.
El eurodiputado tiene abierta tres investigaciones en el Supremo. Además de la referida a la difusión del bulo sobre Illa, tiene otra por la supuesta financiación irregular de su formación ―que obtuvo 800.000 votos y tres escaños en las elecciones al Parlamento Europeo de 2023― por recibir presuntamente 100.000 euros de un empresario de criptomonedas, y una tercera por la difusión de varios mensajes a través de a la aplicación Telegram ―donde en la actualidad tiene cerca de 700.000 seguidores― contra la fiscal delegada de delitos de odio y discriminación de Valencia, Susana Gisbert.
Recientemente, el alto tribunal rechazó una cuarta contra el agitador ultra por un presunto delito de desórdenes públicos en relación con las protestas por la ley de Amnistía en noviembre de 2023 en las inmediaciones de la sede del PSOE en la calle Ferraz de Madrid al considerar que “no resultan elementos necesarios y suficientes para determinar la instrucción de una causa penal por los hechos relacionados en la misma”. No obstante, la Sala Penal del alto tribunal aún tiene que decidir si le abre también causa por, al menos, otras tres denuncias que tiene sobre la mesa.
En la jurisdicción civil, Alvise Pérez ya ha recibido varios reveses. El último, esta misma semana, cuando un juzgado de Madrid le ha condenado a indemnizar con 20.000 euros al exministro socialista José Luis Ábalos por difundir una foto privada suya en Twitter y referirse a él como parte de una “mafia”. Solo dos meses antes, en marzo, otra jueza de Madrid también le había condenado a pagar también a Ábalos 60.000 euros por difamarle con la publicación en Twitter, en octubre de 2021, de dos fotografías privadas de este cuando aún era responsable de la cartera de Transportes e insinuar que padecía problemas de salud mental. Ambas condenas son recurribles
No lo es la que en junio del año anterior le impuso la Sala Civil del Supremo, que consideró al eurodiputado responsable de sendas intromisiones ilegítimas en el derecho a la propia imagen de la periodista Ana Pastor y le condenó al pago de 7.000 euros de indemnización por publicar, en octubre de 2020, en redes sociales dos fotografías de la periodista captadas en restaurantes que carecían de cualquier interés informativo. Alvise Pérez también fue condenado el pasado enero por la Audiencia Provincial de Madrid a indemnizar con 5.000 euros a la exalcaldesa de Madrid Manuela Carmena, de quien aseguró que había recibido un respirador en su casa durante la pandemia, cuando este material escaseaba en los hospitales.