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El Supremo suspende temporalmente la citación de Puigdemont en el ‘caso Tsunami’ | España

by Marko Florentino
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La entrada en vigor de la ley de amnistía a los encausados del procés ya ha tenido las primeras consecuencias judiciales en el Tribunal Supremo. La magistrada Susana Polo, instructora del caso Tsunami Democràtic, ha suspendido las declaraciones del expresidente catalán Carles Puigdemont y el diputado del Parlament Rubén Wagensberg como investigados por un delito de terrorismo, previstas para la semana que viene. Polo ha dictado una providencia por la que deja sin efecto temporalmente tanto la Orden de Investigación Europea (OEI), como la solicitud de asistencia judicial que remitió en abril a Suiza para tomar declaración por videoconferencia a Puigdemont y Wagensberg, ambos aforados ante el alto tribunal, que les abrió una causa en febrero por su presunta implicación en la plataforma que organizó las movilizaciones posteriores a la sentencia del Supremo sobre el procés en octubre de 2019.

La suspensión comunicada este viernes por la magistrada era esperable después de que el pasado martes, tras la publicación de la ley de amnistía en el Boletín Oficial del Estado (BOE), Polo diera 10 días a las partes para que informasen sobre la entrada de vigor de la ley de amnistía. El tribunal tomará una decisión sobre el alcance de la medida de gracia para el caso Tsunami en las próximas semanas, y tanto si opta por aplicar la amnistía y cerrar la causa como si eleva una cuestión prejudicial al Tribunal de Justicia de la Unión Europea (TJUE), el procedimiento quedaría en suspenso y el Supremo no podría seguir dando pasos en la instrucción, por lo que no podría tomarse declaración, de momento, a los investigados.

La decisión de la instructora llega, además, después de que EL PAÍS haya publicado que el departamento federal de Justicia y Policía de Suiza, dependiente del Gobierno de ese país, ha rechazado por tercera vez prestar el auxilio judicial solicitado por el juez español Manuel García-Castellón sobre la causa que instruye en la Audiencia Nacional por supuestos delitos de terrorismo en las manifestaciones violentas convocadas por Tsunami Democràtic. Las autoridades suizas reiteran que los actos descritos en la comisión rogatoria no entran en el ámbito de aplicación del Código Penal suizo y rechazan por ello colaborar en la investigación.

El Supremo, sin embargo, ha dado por buenas hasta ahora las razones que llevaron al juez de la Audiencia Nacional Manuel García-Castellón a pedir al alto tribunal que investigara a los dos aforados. Según la Sala Penal, hay “una pluralidad de indicios” que apuntan al “liderazgo absoluto” y la “autoría intelectual” del expresidente catalán en los hechos atribuibles a Tsunami (fundamentalmente, los disturbios organizados tras la sentencia del procés en octubre de 2019). Según los magistrados, el líder de Junts, lejos de frenar a la plataforma, “animó a seguir en las acciones violentas que se desarrollaron con su conocimiento y consentimiento”. El auto de Polo no cita el terrorismo ni ningún otro delito, y se limita a exponer que Puigdemont y Wagensberg tienen que ser llamados como “investigados”.

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