El preso de ETA Balbino Saenz de Olarra ha quedado en libertad por orden de la Audiencia Nacional tras la aplicación de la modificación de la ley 7/2014 que anula el doble cómputo de penas. Así, tal y como ha anunciado la red de apoyo a los presos etarras (Sare), se ha determinado su liberación por el cumplimiento íntegro de condena, siendo el primer caso desde que en noviembre del año pasado entrara en vigor la reforma. Fue condenado a 108 años de prisión por el intento de asesinato de los exministros José Barrionuevo y Matilde Fernández, y por el atentado fallido contra dos furgones de la policía.
Para Sare, la excarcelación del preso donostiarra supone «un motivo de alegría, pero, también, de preocupación». «No podemos obviar que esta modificación de la ley se produjo en octubre de 2024 y desde entonces hay 52 presos pendientes de que se les aplique la ley», afirman. A su juicio, esta «lentitud intencionada» por parte de la Audiencia Nacional en la aplicación de esta ley supone «una vulneración de derechos» al «obligar a un número importante» de reclusos de ETA a cumplir «más tiempo de privación de libertad que la pena impuesta por los tribunales».
La reforma entró en vigor en noviembre del año pasado después de una importante polémica por cómo el Gobierno ‘coló’ la modificación, cumpliendo con una exigencia histórica de EH Bildu y del entorno de la banda terrorista. El cambio pasó desapercibido incluso para la oposición. Una vez el proyecto de ley pasó por el Congreso, destinado (en principio) a adecuar España a la normativa europea en asuntos como el intercambio de información sobre antecedentes penales, llegó a la Comisión de Justicia. Fue ahí cuando se aprobaron dos enmiendas, propuestas por Sumar, para modificar el artículo 14.1 de la ley 7/2014 y suprimir la disposición adicional que recogía dicho texto.
El primero fijaba que, como regla general, se tendrían en cuenta las condenas cumplidas en otros países ante una nueva en España, dando así los mismos efectos jurídicos. La disposición establecía la no aplicación de ese principio para las sentencias anteriores a 2010. De esta forma, al eliminar el tope, a los límites de cumplimiento efectivo se restan los años cumplidos en el extranjero. En el caso de Saenz de Olarra, como de la mayoría de presos etarras, en Francia.
Sólo al llegar al Senado se destapó la modificación y el PP introdujo un veto (después de haber votado a favor, al igual que Vox, en la Comisión de Justicia) que la presidenta del Congreso, Francina Armengol, pasó por alto dando luz verde a su publicación en el Boletín Oficial del Estado (BOE). Esto se produjo en noviembre y cinco meses después se vislumbran los efectos del cambio.
El etarra, ahora en libertad por cumplimiento fue condenado por la Audiencia Nacional a 108 años de prisión. Pertenecía al ‘comando Madrid’ y entre los cargos a sus espaldas figuran los de conspiración para el homicidio terrorista, homicidio terrorista en grado de tentativa, depósito de armas y municiones ,depósito de explosivos, robo y falsedad documental.