La Fiscalía ha reclamado al Juzgado de Instrucción 20 de Madrid que desimpute a los cuatros periodistas (de EL PAÍS, El Mundo y 20 minutos) citados a declarar como investigados por informar sobre el caso del fiscal general. A través de un escrito fechado este 2 de abril, el ministerio público considera que es “jurídicamente imposible” que los reporteros hayan podido cometer el delito de revelación de secretos que se les atribuye por haber difundido parte del contenido de un informe de la Unidad Central Operativa (UCO) de la Guardia Civil sobre la causa abierta en el Tribunal Supremo por ese mismo delito al fiscal general del Estado, Álvaro García Ortiz. En ese documento, de enorme interés informativo, el instituto armado analizaba las comunicaciones encontradas en el móvil y el correo electrónico de la fiscal jefa provincial de Madrid, Pilar Rodríguez, también imputada en el alto tribunal, elaborado tras el registro de su despacho el pasado 30 de octubre.
En su escrito, donde se cita doctrina y jurisprudencia del Tribunal Constitucional y del Tribunal Europeo de Derechos Humanos (TEDH), la Fiscalía carga contra la decisión de la jueza Adelaida Nieves Medrano y recuerda que “los periodistas no pueden cometer el citado delito, dado que no revisten la condición subjetiva exigida por el tipo penal: esto es, la condición de funcionarios públicos”. Es más, prosigue el ministerio público, ni siquiera se les puede llamar a declarar como imputados en este caso “en condición de inductores”: “[Pues] no existe ningún elemento, ni siquiera indiciario, que acredite que dichos periodistas influyeron de manera directa y eficaz sobre las personas no identificadas que filtraron el informe”.
“Los periodistas citados son ‘meros intermediarios naturales en el proceso comunicativo’, que en ningún caso pueden ser responsables de un delito de la naturaleza del pretendido”, dice el fiscal Juan Ignacio González, que pide que los cuatro reporteros sean citados simplemente como testigos. Una condición que no impide, como ocurre habitualmente, que estos puedan acogerse a su derecho constitucional a no revelar sus fuentes.
Esta enrevesada causa comenzó hace unas semanas. La fiscal jefa provincial de Madrid, Pilar Rodríguez, presentó una queja por la filtración del informe de la UCO, pero no apuntó contra los periodistas. Entonces, el Supremo decidió enviar el caso a los juzgados de plaza de Castilla de Madrid para que se investigase. A continuación, las pesquisas las asumió el Juzgado de Instrucción Número 20 de la capital, encabezado por Adelaida Nieves Medrano, que decidió dirigir sus indagaciones contra estos cuatro reporteros y acordó que los interrogaría como imputados el próximo 19 de junio.
La iniciativa de la jueza provocó la inmediata reacción de numerosas asociaciones y profesionales del sector. “Imputar periodistas por informar vulnera gravemente la libertad de prensa”, denunció la Plataforma en Defensa de la Libertad de Información (PDLI). El Comité de Redacción de EL PAÍS señaló: “Los cuatro [periodistas] investigados no hicieron más que cumplir con su obligación al publicar una información veraz y relevante sobre un caso de interés público, con el que aparecen relacionados desde el fiscal general a la pareja de la presidenta de la Comunidad de Madrid”. “[Es un] grave ataque a la libertad de prensa”, arremetió la Asociación de Periodistas de Investigación (API).
La libertad de información, así como el secreto profesional de los periodistas y su derecho a no revelar las fuentes, están especialmente protegidos en la Constitución, además de considerarse uno de los derechos fundamentales en un Estado democrático. Sobre ello han insistido esta semana más de medio centenar de periodistas especializados en la información jurídica y de tribunales, de 27 medios de comunicación distintos, que han rubricado un escrito para denunciar que estas imputaciones “pueden afectar gravemente al derecho de la sociedad a una información veraz sobre procedimientos judiciales de enorme trascendencia”.
“Si los periodistas que se han limitado a cumplir con su deber constitucional de difundir informaciones debidamente contrastadas en un asunto de indudable interés público se ven sometidos a investigaciones penales por ejercer su oficio, amparado por el artículo 20 de la Constitución, tanto ellos como sus fuentes de información padecerán el efecto disuasorio (chilling effect) que los tribunales internacionales, europeos y españoles han considerado extremadamente perjudicial para las sociedades democráticas”, señala el texto firmado por estos redactores, remitido a la presidenta del Supremo y del Consejo General del Poder Judicial (CGPJ), Isabel Perelló; al presidente del Tribunal Superior de Justicia de Madrid (TSJM), Celso Rodríguez Padrón; y a la jueza decana de Madrid, María Jesús del Barco.