La modificación de la Ley de Publicidad Institucional de Castilla y León entra en vigor este sábado 12 de julio, tras la publicación del texto íntegro en el Boletín Oficial de Castilla y León (Bocyl) este viernes. La Ley 1/2025, reforma la Ley 4/2009 de Publicidad Institucional, fue aprobada en las Cortes de Castilla y León el pasado 25 de junio. Esta norma impulsada por Unidas Podemos, contó con los votos de PSOE, Vox, Francisco Igea y Pablo Fernández y el rechazo del Partido Popular, partido que gobierna en la Junta de Castilla y León.
En concreto, esta nueva Ley introduce novedades para la contratación y difusión de campañas públicas. Se impone un límite del 33% en los ingresos anuales que una persona o empresa puede recibir por contratos de publicidad institucional, con el fin de evitar dependencias económicas y posibles favoritismos, que no podrá suponer un ingreso que supere el 33% del importe neto de su cifra anual de negocio.
Este es el punto más polémico, que provocó que el Grupo UPL-Soria ¡Ya!, se abstuviera en las Cortes, e incluso el propio promotor, apunta que se deberá «remediar» para que los medios de comunicación pequeños puedan sobrevivir. Se busca mejorar la norma para que ese 33% solo afecte a los fondos de la Junta y no a otras administraciones como ayuntamientos o diputaciones.
No obstante, la norma establece que las actuaciones de publicidad institucional deberán respetar la «diversidad territorial, social y cultural de Castilla y León, y ajustarse a principios como la transparencia, la objetividad, la protección de derechos fundamentales, la igualdad y la protección del medio ambiente». Además, prohíbe «la contratación de campañas con medios de comunicación que hayan sido condenados de forma reiterada por vulnerar derechos como el honor, la intimidad o por delitos de odio».
El texto incorpora la obligación de «identificar claramente las campañas como publicidad institucional e incluir la mención expresa de la administración o entidad promotora» y la «prohibición» de que los mensajes, imágenes o elementos de las campañas puedan inducir a confusión. También se añade el ajuste para la contratación en medios digitales.
La Ley fortalece el control y la evaluación, y fija la elaboración anual de un plan de publicidad institucional, aprobado por el Consejo de Gobierno y publicado en el Portal de Transparencia. También encarga al Consejo de Cuentas la obligación de elaborar informes de evaluación en cada campaña, que serán enviados a los grupos parlamentarios. Así establece la publicación de una memoria anual sobre la inversión en publicidad institucional y la remisión trimestral de los contratos formalizados a las Cortes de Castilla y León.
Gracias a este cambio se crea el Consejo de Evaluación y Seguimiento de la Televisión Digital Terrestre y se regula la convocatoria de un nuevo concurso para la concesión de la televisión autonómica. Finamente, la norma hace referencia a las elecciones, estableciendo que durante los periodos electorales, queden prohibidas las actuaciones comunicativas relativas a proyectos, planes o resultados.