La Delegación de Fiestas y Tradiciones del Ayuntamiento de Córdoba ha aprobado y publicado ya las bases reguladoras para la instalación de casetas en la Feria de Córdoba 2025. El plazo para presentar las solicitudes será de quince días a partir de que el documento aparezca en el Boletín Oficial de la Provincia.
Según el escrito, las entidades que logren la autorización para montar una caseta tendrán hasta el 31 de marzo para pagar la fianza previa y las tasas. El montaje arrancará el 14 de abril y este año, el pistoletazo de salida se dará el sábado, 24 de mayo, a las 0.00 horas, si bien la actividad en El Arenal podrá arrancar a partir de las 22.00.
En cuanto a los horarios, las casetas mantendrán obligatoriamente su apertura entre las 13.00 y las 14.00 horas, hasta la 1.00, excepto el domingo, lunes y martes, que el cierre se podrá adelantar a las 0.00 horas. Deberán mantener la persiana bajada entre las 5.00 y las 13.00 horas, salvo viernes y sábado, que se ampliará el horario hasta las 6 de la mañana.
Sevillanas y copla de 15.00 a 17.00 horas
«Como recomendación, todas las casetas bajarán la música entre las 15.00 y as 17.00 horas, a fin de mejorar y hacer más agradable las comidas y tapas de mediodía», apunta el Ayuntamiento, que, además, establece que en esa franja horaria, «la música de ambientación será exclusivamente de sevillanas, rociera, copla y cantes tradicionales andaluces».
Las bases contemplan que las casetas deberán permanecer abiertas al público en libre acceso todos los días oficiales, «con las excepciones de las casetas que tengan autorizados cierres de acción social o institucional [hasta cuatro]». Además, también se permitirá el acceso a menores de 18 años, «aunque no se les puede suministrar bebidas alcohólicas o tabaco», recogen las bases.
Cuando el aforo esté completo
Cuando se haya superado el horario del establecimiento
Cuando se manifieste una actitud violenta y/o un comportamiento agresivo
Cuando se porte ropa o símbolos que inciten a la violencia, el racismo, sexismo o xenofobia
Cuando se origine una situación de peligro o moleste a otros asistentes
Cuando no ser reúnan las condiciones higiénicas mínimas
Cuando se consuman drogas o se muestren síntomas de haberlas consumido o estar en estado de embriaguez
Sólo se puede denegar la entrada a las casetas por motivos como que el aforo esté completo, cuando se porte ropa o símbolos que inciten a la violencia, racismo, sexismo o xenofobia; cuando no se reúnan unas condiciones higiénicas mínimas o si se encuentra en estado de embriaguez, entre otras.
Nada de supuestos ‘pases de modelos’
En cuanto a la publicidad de las casetas, «no se admitirá el uso de imágenes que cosifiquen tanto el cuerpo de la mujer como el del hombre, denigren o usen como reclamo publicitario; ni las fiestas, espectáculos, exhibiciones o supuestos ‘pases de modelos’ que persigan el mismo fin».