Una acusación popular personada en la causa de la dana, en este caso Acció Cultural del País Valencià (ACPV), ha solicitado a la magistrada del Juzgado de Primera Instancia e Instrucción número 3 de Catarroja, que investiga la gestión de la emergencia, que inste a la Guardia Civil a recabar las matrículas de todos los vehículos que entraron al Centro de Coordinación de Emergencias, donde se llevó a cabo el Cecopi, el día 29 de octubre.
ACPV señala que la solicitud parte de un auto de este pasado jueves por el que se admiten determinadas diligencias propuestas por la misma representación procesal que van a suponer el desplazamiento de componentes de la Policía de la Judicial de la Guardia Civil a la localidad de L’Eliana.
Sobre ello, indica que ha constatado que la Policía Local de L’Eliana cuenta con cámaras de videovigilancia en la entrada y salida de la población y que alguna, o algunas de ellas, controlan el acceso a la entrada de la localidad en las inmediaciones del Centro de Emergencias, tal como consta en la web del propio municipio.
De esta manera, pide a la juez que requiera a la Policía Judicial de la Guardia Civil a fin de que se persone en las dependencias del Ayuntamiento de L’Eliana y obtenga las grabaciones de los vehículos, en los que sea visible su matrícula, que entraron en la localidad y se incorporaron en el Centro de Emergencias entre las 16.30 horas del día 29 y las 23.59 horas.
En el hipotético caso de que se trate de grabaciones que tengan programado su borrado automático transcurrido un determinado lapso de tiempo, ACPV solicita que se obtenga la información sobre la matrícula de los vehículos y la hora concreta en que se incorporaron al centro.
Una vez se obtengan dichos datos, esta parte indica que la unidad policial deberá proceder a la identificación de los propietarios y/o usuarios de dichos vehículos a fin de posibilitar su declaración como testigos en el presente procedimiento. «Las cámaras utilizadas deben gozar de todos los permisos administrativos pertinentes y los datos incorporados no vulneran derecho fundamental alguno, siendo de extrema utilidad en la presente investigación», concluye.