La Audiencia Nacional reconoce el derecho del trabajador de disfrutar como mejor le convenga de los cinco días retribuidos para cuidar de familiares que hayan sufrido un accidente, enfermedad grave, hospitalización o intervención quirúrgica, aunque no requiera hospitalización. Falla a favor de la demanda interpuesta por los sindicatos -CCOO, CSIF y UGT- que establece que los trabajadores no deben estar obligados a disfrutar de los cinco días retribuidos para cuidar familiares enfermos al día siguiente del hecho causante. Es decir, podrán acogerse al derecho en función «de sus posibilidades de conciliación y mientras el hecho causante permanezca».
Con el fallo, la Audiencia Nacional da la razón a los sindicatos en relación a una demanda interpuesta frente a la compañía RACE (Asistencia, Asegurace, Unión de Automóviles Clubs y Grupo Empresarial RACE).
La compañía había emitido una nota en la que comunicaba de manera interna a sus trabajadores que el permiso «debía coincidir con el día del hecho causante».
«La finalidad del permiso y la realidad del tiempo en el que la norma debe ser aplicada permiten que sean los trabajadores afectados quienes determinen la fecha de inicio en función de sus posibilidades de conciliación y mientras el hecho causante permanezca», indica en la sentencia. Y advierte que la interpretación de la empresa es «restrictiva o limitadora».
«Esta empresa realiza una interpretación restrictiva e injustificada de estos permisos exigiendo que se disfruten desde la fecha de la hospitalización y de forma consecutiva» explican desde CSIF, uno de los tres sindicatos demandantes. «En definitiva, los trabajadores afectados podrán determinar la fecha de inicio del permiso en función de sus posibilidades de su conciliación, mientras el hecho causante permanezca», concluye el sindicato.
Se iniciarán el día laborable
Además de este derecho el fallo de la Audiencia Nacional también establece que si el día en que se produce la enfermedad o el ingreso en el hospital cae en fin de semana o festivo, lo razonable es que los permisos puedan iniciarse el siguiente día laborable.
Asimismo, según la Audiencia Nacional, la interpretación que estas empresas hacen resulta «contraria al principio de igualdad real y perpetua la brecha laboral de género, ya que supone un desincentivo para que los hombres asuman su deber de corresponsabilidad en las cargas laborales».