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Hacienda aún debe la devolución de la renta de 2023 a 360.000 españoles

by Marko Florentino
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Hacienda debe a un total de 359.437 españoles la devolución de la renta de 2023. Es decir, casi medio millón de contribuyentes no han recibido todavía el dinero que les corresponde, siete meses después de que comenzara el plazo de ingresos, el pasado 1 de julio. El número total de declaraciones de la renta presentadas en 2024 fue de 24.134.322, de las cuales 16.280.618 salieron a devolver. Sin embargo, de esa cifra, más del 2% no han sido reembolsadas, una noticia que afecta a cientos de miles de ciudadanos, que no entienden el retraso del pago.

En una solicitud presentada por THE OBJECTIVE al portal de Transparencia, dirigido a la Agencia Tributaria, la institución indica en su respuesta que el porcentaje de devoluciones pagadas es similar al del año anterior en estas mismas fechas. A 9 de enero, que es cuando se recibió la respuesta de Hacienda, la cifra de devoluciones se situaba en un 97,79%, mientras que el año anterior ascendía a un 97,88%.

La campaña de la Renta 2023 se puso en marcha el pasado mes de abril. El día 3, los contribuyentes comenzaron a enviar sus declaraciones, y tuvieron un plazo de tres meses, es decir, hasta el 1 de julio, para presentar los datos correspondientes. A día de hoy, son muchos los que todavía no han recibido el ingreso que corresponde a la devolución del IRPF de la Agencia Tributaria. Por esta razón, los afectados se preguntan cuánto tiempo tiene Hacienda para devolver el dinero.

Un plazo máximo de seis meses

Hacienda tiene un plazo máximo de seis meses para hacer la devolución correspondiente al contribuyente. Aunque no es habitual que haya que esperar hasta el último momento, pues la mayor parte de los ciudadanos reciben el ingreso en las dos semanas siguientes al cierre del plazo de presentación de solicitudes, hay quienes todavía no han recibido la cantidad estimada. En la campaña de la Renta 2023, Hacienda tenía un plazo máximo de seis meses, es decir, hasta el 31 de diciembre para ingresar las devoluciones, pero, como ha podido comprobar este medio, todavía hay cientos de miles de personas que no lo han recibido. Estos son algunos de los motivos más comunes por los que un contribuyente puede no haber recibido la devolución a pesar de haber finalizado el plazo.

  • Errores en los datos proporcionados. Es uno de los motivos más frecuentes. Haber fallado en un dato, haber modificado un número sin querer o incluso no haber entregado un documento necesario son motivos más que suficientes para que la Agencia Tributaria retrase el pago. Otro motivo puede ser que se hayan producido cambios en la situación fiscal del contribuyente que necesiten ser revisados de nuevo por la institución.
  • Problemas con la cuenta bancaria. Otra de las razones por las que no se ha recibido el ingreso puede deberse a algún tipo de problema relacionado con la cuenta bancaria, como que se encuentre cerrada, bloqueada o no sea válida. También puede suceder, aunque es menos frecuente, que la titularidad de la cuenta bancaria no coincida con la del declarante.
  • Desajuste en la custodia de hijos. En ocasiones puede haber malentendidos en las declaraciones de la renta de padres divorciados con hijos en común. Dependiendo de si el descendiente es menor o no, de si la custodia es compartida o de otra serie de condiciones, la forma de completar este apartado de la declaración cambia. Por tanto, es conveniente ponerse de acuerdo para que las declaraciones sean compatibles, ya que de lo contrario, uno de los dos declarantes podría ser sancionado.
  • Declaración presentada fuera de plazo. Si la declaración de la renta no fue enviada por el contribuyente dentro del plazo establecido, que finalizó el 1 de julio, lo habitual es que la Agencia Tributaria también gestione con retraso la solicitud, por lo que es conveniente que una vez abierto el plazo para realizarla, se compruebe cuándo finaliza para evitar este problema.

¿Cómo se ve el estado de la solicitud?

Para consultar el estado de la devolución de la renta, el afectado puede acceder a su perfil desde la página web de la Agencia Tributaria. Una vez dentro, tendrá que pulsar en el apartado «Servicio de tramitación borrador/declaración (Renta WEB)», donde deberá identificarse con alguna de las opciones que se ofrecen: mediante el certificado digital o DNI electrónico, a través de la clave PIN o con el número de identificación fiscal y la referencia del borrador.

Una vez pasado el proceso de identificación, el interesado podrá consultar el estado de la tramitación, que aparece como «En proceso», «en tramitación», «resuelta» o «abandonada».





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