Hacienda se niega a hacer público el método con el que se calculan los complementos de productividad que perciben los inspectores de la Agencia Tributaria. Desde 2018, año en que María Jesús Montero asumió la dirección del ministerio, la institución mantiene en secreto el sistema mediante el cual estos funcionarios reciben los bonus por sus actividades extraordinarias de inspección fiscal.
En respuesta a una solicitud de información realizada por THE OBJECTIVE a través del Portal de Transparencia, Hacienda ha declarado inadmisible la petición relativa al cálculo y la suma total de estos complementos. El ministerio asegura que dicha información «no está parametrizada informáticamente para su explotación» y argumenta que revelar estos datos implicaría un proceso de reelaboración complejo, aún más laborioso si se considera el período comprendido entre 2018 y 2024.
El departamento, bajo la coordinación de la nueva secretaria general del PSOE andaluz, señala que los bonus de productividad están destinados «a retribuir el especial rendimiento, la actividad extraordinaria y el interés o iniciativa con que el funcionario desempeñe su trabajo». Además, puntualiza que se tienen en cuenta factores como «la especial dificultad, responsabilidad, condiciones en que se desarrolla el trabajo, el grado de interés y el esfuerzo, así como el rendimiento y los resultados obtenidos».
Respecto al cálculo total de las retribuciones extraordinarias percibidas por los inspectores, el ministerio indica que el proceso implicaría a los departamentos de Recursos Humanos y de Inspección Financiera y Tributaria de la Agencia. Otro obstáculo señalado por Hacienda para «dar respuesta a la petición» de este medio es la necesidad de realizar un análisis anual del complemento de productividad, «separando inspectores y técnicos», y la «dificultad añadida» de distinguir las productividades de otros funcionarios que, aunque no sean inspectores, también forman parte de las unidades de inspección y perciben estos bonus.
En cuanto a los objetivos de estos complementos extra definidos por la Agencia Tributaria, bajo las directrices del Plan Anual de Control Tributario y Aduanero aprobado, se ajustan en torno a cinco pilares: 1) Información y asistencia; 2) Prevención de los incumplimientos, con especial atención al fomento del cumplimiento voluntario y la prevención del fraude; 3) Investigación y actuaciones de comprobación del fraude tributario y aduanero; 4) Control del fraude en fase recaudatoria; y 5) Colaboración entre la Agencia Tributaria y las administraciones tributarias de las comunidades autónomas.
Miles de juicios perdidos por expedientes que generan bonus
La opacidad sobre los complementos de productividad que perciben los inspectores de Hacienda cobra una nueva dimensión si se analiza el resultado de muchos de los expedientes fiscales que estos funcionarios instruyen. Según adelantó este periódico, la Agencia Tributaria ha perdido 2.912 juicios entre 2015 y 2024 derivados, en buena parte, de actuaciones fiscales impulsadas por sus propios inspectores, que reciben bonus por su instrucción.
Estas sentencias desfavorables no incluyen todos los litigios tributarios del periodo, ya que sólo reflejan aquellos en los que la Agencia Tributaria fue parte directa del proceso, por lo que el número total de procesos impugnados podría ser mayor. Las cifras recogen tanto resoluciones firmes como autos —decisiones judiciales intermedias—, y, según la propia institución, sería necesario revisar cada expediente para distinguir cuáles fueron fallos definitivos.
La implicación es clara: parte de las actuaciones que generan incentivos económicos para los inspectores terminan posteriormente en los tribunales, donde los jueces fallan a favor de los contribuyentes. A pesar de ello, la Agencia no informa del volumen de dinero que se ha visto obligada a devolver tras estos procesos. «No se dispone de la información, ya que no está parametrizada informáticamente para su explotación», alegan desde la entidad, que también califica de «técnicamente muy complicada» su obtención.
El desglose anual revela una tendencia constante: 328 fallos en 2015, 367 en 2016, 349 en 2018 o 347 en 2022, entre otros. Aun así, el sistema de bonus vinculado a estos procedimientos se mantiene, y la falta de conexión entre resultados judiciales, reembolsos económicos y criterios de productividad refuerza las críticas sobre la escasa transparencia del modelo de incentivos.
Una sentencia judicial forzó una revelación parcial en 2022
En octubre de 2022, el Juzgado Central de lo Contencioso-Administrativo número 4 de Madrid obligó a la Agencia Tributaria a entregar parte de la información relativa a las retribuciones especiales del complemento de productividad de sus inspectores. La sentencia estimó el recurso interpuesto por la Asociación Española de Asesores Fiscales (Aedaf), que exigía mayor transparencia sobre estos pagos.
Gracias a esta resolución judicial se conoció por primera vez el funcionamiento parcial del sistema, basado en cantidades variables asignadas a los equipos de trabajo. Sin embargo, ni el método exacto de distribución interna ni los criterios valorativos utilizados se hicieron públicos, como sí ha solicitado en esta ocasión THE OBJECTIVE a través del Portal de Transparencia.
Según reconoció entonces la propia Agencia Tributaria, los inspectores pudieron percibir bonus de entre 18.700 y 32.000 euros anuales en función de su categoría profesional, desde técnicos de inspección hasta jefes de departamento. Esta retribución adicional podía suponer hasta un 25% del salario anual de los funcionarios, aunque representaba solo el 1,4% de cada 100 euros cobrados en concepto de retribución total.
La cantidad global destinada a este concepto es decidida por la Dirección General del organismo y supervisada por el Departamento de Inspección Financiera y Tributaria. En 2018, ascendió a 224 millones de euros, y en 2019, a 229 millones. La cifra de 2020 se consideró atípica por los efectos de la pandemia y la correspondiente a 2021 no llegó a hacerse pública.
El reparto de esta cantidad se hace por equipos, en función del rendimiento colectivo, sin desglose individual. Son los propios jefes de unidad quienes deciden cómo se reparte el importe entre sus subordinados, aplicando —según reconoció la Agencia Tributaria— un criterio «subjetivo».