Nuevo giro judicial en el conflicto por los laudos renovables. El Tribunal Supremo de Estados Unidos ha rechazado la petición de amparo presentada por España para bloquear la ejecución de los laudos arbitrales derivados del recorte retroactivo de las primas a las energías renovables.
El decisión del Supremo deja firme la sentencia del Tribunal de Apelaciones del Circuito del Distrito de Columbia y confirma la plena vigencia del criterio adoptado por las instancias inferiores. Asimismo, permite a los acreedores continuar con los procedimientos de reconocimiento y ejecución de los laudos en territorio estadounidense.
España había solicitado la intervención del Supremo alegando que los tribunales federales carecían de jurisdicción para conocer estos asuntos y cuestionando la interpretación realizada por el Circuito de Columbia respecto de la excepción arbitral prevista en la Ley de Inmunidades Soberanas Extranjeras (FSIA).
La negativa del Supremo a admitir este recurso se produce después de que el propio Gobierno de Estados Unidos, a través del Solicitor General, recomendara al tribunal que rechazase la petición española.
Con esta decisión concluye uno de los frentes judiciales más relevantes abiertos por España en su intento de evitar el pago de los laudos arbitrales firmes dictados al amparo del Tratado de la Carta de la Energía.
Los fondos afectados consideran este nuevo revés judicial una importante victoria que «refuerza el principio de que los laudos arbitrales internacionales firmes deben ser cumplidos y pueden ejecutarse mediante los mecanismos ordinarios previstos por el ordenamiento jurídico internacional y nacional».
Asimismo, los acreedores ganan una mayor seguridad jurídica para seguir reclamando el cumplimiento de las obligaciones reconocidas por distintos tribunales arbitrales.
España, el país con mayor volumen de laudos pendientes de pago
España sigue es el país con un mayor volumen de laudos vinculantes de arbitraje pendientes de pago a nivel internacional, por delante, superando incluso a Venezuela y Rusia.
Ahora, esta decisión del Tribunal Supremo elimina uno de los principales obstáculos procesales que el Gobierno español había tratado de plantear en Estados Unidos y abre una nueva etapa en los esfuerzos de ejecución emprendidos por los acreedores.
El frente estadounidense, donde las sentencias que condenan a España a pagar estos lados rondan los 700 millones de euros, constituye únicamente una parte de la estrategia internacional de ejecución de los acreedores, que continúan avanzando en distintas jurisdicciones.
Así, en Bélgica permanecen bloqueados aproximadamente 250 millones de euros en cuentas bancarias que también han sido intervenidas por los acreedores.
Por otro lado, en los Países Bajos se han iniciado procedimientos destinados al embargo y eventual liquidación del inmueble que alberga la sede del Instituto Cervantes en Utrecht.
En la misma línea, en Australia, los tribunales han reconocido ya más de cuatro laudos arbitrales contra España, en este caso por un importe conjunto superior a 400 millones de euros, mientras que el Tribunal Supremo de Singapur ha dictado recientemente resoluciones favorables a los acreedores en procedimientos relacionados con indemnizaciones superiores a 300 millones de euros.
A estos avances se suma también la reciente victoria obtenida ante el Tribunal Supremo del Reino Unido, que igualmente rechazó los argumentos planteados por España, que defendió su postura a favor de los impagos junto con el Estado de Zimbabue.
En conjunto, estas resoluciones reflejan una tendencia cada vez más consolidada en favor del reconocimiento y ejecución de los laudos internacionales y ponen de manifiesto que los acreedores continúan obteniendo resultados favorables en las principales jurisdicciones del mundo.